Consejo Académico del IEMP
Hacer más efectiva y eficiente la gestión de las entidades públicas es el propósito de la planeación, proceso que en el IEMP inicia en el Consejo Académico, espacio de decisión en el que sus integrantes aprueban y proponen planes, programas y proyectos académicos, y adoptan los reglamentos requeridos para el cumplimiento de nuestra misionalidad.
¡Aquí te contamos las funciones de nuestro Consejo!
El gobierno del IEMP está conformado por el Consejo Académico, la Dirección del Instituto, y tres divisiones, a saber, Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos, Capacitación, y Administrativa y Financiera. El talento humano de la unidad académica del Ministerio Público también es pieza clave en su estructura organizacional, al igual que los equipos de trabajo conformados por la Dirección del IEMP —dentro del marco de la prospectiva de innovación pública— con la finalidad de convertirnos en una entidad moderna, con nuevas sinergias y líder en los campos de nuestro quehacer institucional, esto es, las investigaciones académicas, los programas de capacitación, las certificaciones en competencias laborales y la edición de publicaciones. Los grupos de trabajo del IEMP son Innovación y Transformación del Instituto (GITI), Laboratorio de innovación Pública-ProcuraLAB, Normalización y Certificación (GTNC), Comunicaciones (GTC) y Sostenibilidad Financiera (GTSF).
Como puedes observar trabajamos en muchas áreas del conocimiento, y por ello es fundamental determinar en cada vigencia, las prioridades y recursos requeridos para cumplir las metas dirigidas a mejorar la toma de decisiones basadas en la evidencia y a fortalecer la gestión de los servidores del Ministerio Público a través de programas de capacitación. Precisamente, el Consejo Académico, integrado por la procuradora general de la nación, el defensor del pueblo, la directora del Instituto, y dos representantes de los procuradores delegados y de los personeros del país (Fenalper), es el que avala el plan operativo anual basado en las prioridades del Ministerio Público y, por supuesto, en la misión y visión del IEMP, y recibe la rendición de cuentas de lo programado. El Consejo debe reunirse ordinariamente dos veces al año, en mayo y noviembre, y de manera extraordinaria cuando la jefe del Ministerio Público o la directora del Instituto, o por lo menos dos de los miembros, lo soliciten. De esta forma, tal como lo determina el reglamento del IEMP, la gestión del conocimiento que se ejerce desde la unidad académica «(…) deberá aportar en el diseño de estrategias y herramientas costo-efectivas, que permitan una maximización del uso de los recursos con los que cuentan las entidades y un fortalecimiento del vínculo interinstitucional que garantice una adecuada coordinación en las acciones de las entidades que conforman el Ministerio Público» (Res. 37/20).
El IEMP es proyección