El artículo 50 del Decreto 262 de 2000 estableció como funciones del Instituto de Estudios del Ministerio Público las siguientes:
- “Asesorar al Procurador General de la Nación y a los funcionarios del Ministerio Público, mediante el desarrollo de programas de capacitación orientados a mejorar la gestión administrativa y a promover el conocimiento y respeto de los derechos consagrados en la Constitución Política.
- Realizar estudios que tengan por objeto orientar la lucha contra la corrupción administrativa y promover la protección de los derechos humanos, así como estimular las actividades que con el mismo fin realicen otras entidades estatales.
- Organizar actividades de investigación, cursos y otros eventos académicos sobre los diferentes temas que interesen al Ministerio Público, en los que podrán participar personas ajenas a la entidad.
- Realizar los exámenes de actualización de conocimientos a los servidores de la entidad de libre nombramiento y remoción. Para ejercer esta función podrán suscribir contratos con personas públicas o privadas.
- Las demás que le asigne la ley y el Procurador General”.